Buenos días,
Una duda muy frecuente, y más con los cambios que se han producido en los últimos tiempos en cuanto a las prestaciones farmacéuticas en España, es saber qué cantidad hay que pagar por receta. Antes era muy fácil, si tenías la «papeleta de color rojo» no pagabas ;), y si tenías la «papeleta verde» te tocaba pagar ;).
Seguro que alguno de vosotros y vosotras os habéis preguntado alguna vez: «¿Por qué mi vecina del quinto paga menos que yo?, ¿Por qué hay determinados fármacos que siempre pago por ellos 4,24 euros? ¿Por qué mi abuelo que antes no pagaba, ahora paga?, ¿Por qué pago casi 20 auros al mes y Jacinto paga la mitad? ….y un largo etc…de dudas que espero queden todas resueltas después de que leáis el post ;).

Nuestro querido Real Decreto Ley (RDL 16/2012 de 20 de abril de 2012), de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, estableció que la aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica ya no se relaciona exclusivamente con su calificación como activo («papeleta verde») o pensionista («papeleta roja»), sino que además sea proporcional a su nivel de renta, actualizado anualmente.
Cuando acudís a la Farmacia, no tenéis que aportar ningún documento para acreditar vuestro nivel de renta. Porque, aquí no hay secretos ;), y Las Comunidades Autónomas reciben la información necesaria del tipo de usuario (activo, pensionista…) directamente del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). De la misma forma, que reciben la información del nivel de renta y patrimonio directamente de la Agencia Tributaria. Y es que…..a nuestra querida Agencia Tributaria no se le escapa una ;).
El nivel de renta facilitado se obtiene del dato de la renta consolidada, consignado en la casilla de base liquidable general y del ahorro en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año anterior. Por ejemplo, la aportación farmacéutica en 2016 se establece por la declaración de la renta y patrimonio del año 2015, que a su vez tiene en cuenta la renta y patrimonio del año 2014.
Por lo tanto, y en función de ésta, se establacen los siguientes rangos de aplicación farmacéutica, y que nos «clasifican» por los siguientes números y letras como si fuésemos de «diferentes equipos» ;).

Como véis, el «equipo» del TSI 005 es el que más debe abonar por cada medicamento que retire con receta de la Seguridad Social, estando el TSI 001 exento.
Además hay tres «equipos» más ;), como son los pertenecientes a cuando se produce un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, los pertenecientes al síndrome tóxico, otras discapacidades, etc… y los de Campaña Sanitaria, en cuyos casos:

Y me diréis, vale Bea, y ahora, ¿cómo puedo saber a qué «equipo» pertenezco?
Lo primero que hay que saber, es que, hay que distinguir entre activos y pensionistas, porque los «equipos» no son los mismos ;).
Para todos los que estéis activos, aquí os dejo los rangos que os indicarán en que equipo os «toca jugar» ;).
De acuerdo con la renta y patrimonio informados por la Agencia Tributaria, la aportación de los activos es la siguiente:

Renta inferior a 18.000 € pagarán el 40% del PVP (Precio de venta al público) de cada envase, sin límite mensual.
Renta entre 18.000 € y 100.000 € pagarán el 50% del PVP de cada envase, sin límite mensual.
Renta igual o superior a 100.000 € pagarán el 60% del PVP de cada envase, sin límite mensual.
Y para todos aquell@s que seáis pensionistas los «equipos» están formados por las siguientes características ;):
Por regla general los pensionistas, en el momento de la dispensación, tenéis que abonar un 10% del PVP del medicamento o producto sanitario, con un tope mensual de aportación o límite máximo de aportación (LMA) conforme al nivel de renta y patrimonio informado por la Agencia Tributaria.
Desde el 1 de enero de 2015, el límite máximo de aportación mensual es el siguiente:

8,23 euros a los pacientes con renta inferior a 18.000 euros
18,52 euros a los pacientes con renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000 euros
61,75 euros a los pacientes con renta superior a 100.000 euros.
El límite máximo de aportación mensual se publica anualmente desde el Ministerio de Sanidad en función de la variación del IPC (Índice de Precios al Consumo).
Por último, y no por ello, menos importante, queda comentaros que existe un «equipo independiente» ;), que lo componen los medicamentos llamados de aportación reducida, y entre los cuales la mayoría son utilizados en tratamientos crónicos y por los que se abona un 10% de su PVP, con un máximo de 4,24€ por envase (variando esta cuantía máxima según variaciones anuales en el IPC). Eso sí, si perteneces a algún «equipo» donde estés exento de abonar, eso seguirá siendo así ;). Además, los pacientes con VIH/SIDA también tienen esta aportación en los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud dispensados a través de recetas oficiales.
Por ejemplo: Una insulina que cuesta 75,03€ al ser de aportación reducida porque lleva en su envase el cícero negro junto a las siglas A.S.S.S. pagaremos por ella 4,24€, que es el importe máximo a pagar por envase. (aunque el 10% del mismo sea un importe superior).
Ya solo os toca «hacer cuentas» ;), y descubrir a que «equipo» pertenecéis ;). En las recetas lo encontraréis impreso. Y si por cualquier motivo, consideráis que estáis en el equipo equivocado ;), mi consejo es que acudáis al instituto de la seguridad social que os corresponda para aclararlo.
Como he comentado en varias ocasiones a lo largo del post, estos datos en materia referente a cuantías, varían cada año según los cambios que se producen en el IPC, por lo tanto, no os «aferréis» a estas cifras, porque seguro variarán.
Sin más, espero que quede resuelto el misterio de por qué la vecina del quinto paga más o menos que nosotros ;), y por qué Jacinto paga la mitad si los dos soís jubilados ;).
Feliz día!
Beatriz
hola: quisiera saber cuando vuelcan los datos de la declaración, ya que en la declaración del 2016 tuve unos ingresos superiores a 100000€ y me están cobrando el 60% en las medicinas en el año 2017, que es lo que corresponde..
pero en la declaración del año 2017 mis ingresos fueron de 24000€ por lo que en el 2018 solamente debería pagar el 10% que es lo que me correspondería pagar al ser JUBILADO.
DONDE ME PODRIAN INFORMAR A VER SI VA A SER ASI??
Hola Jose Luis,
Esa información te la pueden facilitar en las oficinas de la Seguridad Social de tu Ciudad.
Un saludo
Este caso corresponde casi exactamente con el mio. Ingresos superiores a 100.000€ en 2016 y entorno a 24.000€ en 2017. Me he jubilado con fecha 15 de Julio de 2018. La tarifa que me aplican es del 60% de acuerdo a la cantidad percibida en 2016 y me comentan que la nueva tarifa correspondiente a los ingresos de 2017 no me la pueden aplicar hasta que no crucen los datos con Hacienda y eso se hará en Noviembre de 2018. Eso es correcto? Durante prácticamente todo el 2018 tengo que pagar en función de la renta de 2016?
GRACIAS
Hola Carmelo,
Así es, hasta que Administración no cruce los datos, es decir, hasta que no estén actualizados en su base de datos, sigues figurando con tu renta pasada.
Un saludo!
Hola, estoy en paro y no percibo ninguna prestacion y/o subsidio, mi marido trabaja y su banda salarial esta entre 18000-100000
En que grupo estoy situada?
Muchas gracias
Hola Lali,
Si ya no estás percibiendo ningún tipo de retribución ni del paro, ni subsidios, entonces entiendo que estás con tu marido en la Seguridad Social, por lo que te correspondería estar en el mismo rango que él. En el correspondiente al de 18.000 a 100.000. Igualmente, consúltalo en tu oficina de la SEguridad Social.
Un saludo
Beatriz
Proximamente cumpliré 65 años. No he cotizado los 15 años mínimos para poder cobrar una pensión y no tengo derecho a la pensión no contributiva ya que mi marido tiene nómina. Quisiera saber si siempre seré considerada una persona en Activo y pagaré mínimo el 40% toda mi vida?
? Y si soy enferma crónica cuanto pagaré?
Muchas gracias por las respuestas.
Hola Marisa,
Todas estas dudas tan concretas y específicas te las van a poder resolver mucho mejor en la Oficina de la Seguridad Social de tu ciudad, ya que el conocimiento que yo tengo en este tema, es en lo referente a las diferentes aportaciones de las recetas, pero el resto se escapa a mi conocmiento ;). Te animo a que llames, te informarán mucho mejor que una farmacéutica ;).
Un saludo!
Hola.
Quisiera saber con que periodicidad devuelve la Seguridad Social a los pensionistas los excesos cobrados en los medicamentos que se les dispensan de forma crónica, sobre el límite que ellos deben aportar. Es decir, con periodicidad mensual, trimestral, semestral, etc.etc…..?
Muchas gracias por la respuesta.
Hola Carlos,
Me tiene que disculpar, pero para este tipo de cuestiones, debe llamar a la oficina de la Seguridad Social de su ciudad. Desconozco este tipo de datos administrativos ;), que además, suelen sufrir variaciones. Mi conocimiento llega hasta lo relativo a las aportaciones de las recetas médicas que se utilizan día a día en la Farmacia. No obstante le dejo un enlace donde puede encontrar donde dirigirse para este tipo de cuestiones más administrativas.
Un saludo
Beatriz
hola, quisiera saber porque mi pareja que lleva 2 años en el paro como yo y que de momento cobramos 430 € cada uno, porque ella esta en el grupo 1 y no paga por medicamentos y yo tengo que aportar el 40% porque me han puesto en el grupo 3?.
Esto es correcto??
Un saludo y muchas gracias
Hola Antonio,
Eso lo debe comunicar a su oficina de la Seguridad Social, ya que en ocasiones se debe a que no han actualizado los datos.
Un saludo!
Buenas noches, mi madre es pensionista (84 años), el año 2017, hizo la declaración de la renta, ya que hasta el año 2014 cobraba un pensiòn por hijo a cargo el cual falleció en octubre/2014. Ahora este año le han comentado en la farmacia no en la suya sino en otra que está pagando el 40% de aportación por medicamentos. Ha ido al centro de salud y la han dicho que tiene que haer papeleos en un centro de INSS para que le asignen como beneficiario de mi padre para que pague lo mismo. Esto es así? o lo puede solucionar su centro asistencial? Gracias.-
Hola Luis,
Si, debe acudir a su oficina de la Seguridad Social, para que le expliquen el proceso a seguir. Sólo desde allí podrá realizar los cambios para poder regularizar su estado a pensionista.Desde los centros de Salud no pueden realizar esos trámites.
Un saludo!
Ahora estoy en el paro y no cobro nada. Fui al cap y me dijeron que estaba en activo y Nome supieron decir el código de la receta. Tengo que preguntar por el tsi? O cómo puedo saberlo?
Hola Rosa,
Para cualquier duda sobre tu situación en la seguridad social, te recomiendo que llames a la oficina de la Seguridad Social que te corresponda porque desde allí podrán informarte con todos los datos.
Un saludo!
HOLA ,TENGO UNA DUDA YO PAGO EL 10% (TSI 002) Y EL TOPE DE APORTACION ES DE 18,52€ AL MES ,MI MUJER TIENE QUE PAGAR TAMBIEN YA QUE ELLA NO TRABAJA O VA METIDA EN MI PORSENTAJE GRACIAS
Mi mujer no trabaja tiene que pagar también o va metida con la mía ?. Tengo una renta de 38000euros al año, cuanto tengo que pagar ? Mensualmente y anual . GrciasRam
Hola. Yo cobro como pensionista 14.000 € al año,cual es el porcentaje y tope a pagar por mes en mis medicamentos
Hola Jose Luis,
Como tu renta anual es inferior a los 18.000 euros, el tope mensual, es de 8,23€ mensuales. Ten en cuenta que esta cifra puede variar cada año, según políticas del gobierno.
Un saludo
Hola,
Llevo desempleada menos de un año, pero por enfermedad. Estoy pagando el 40% de mis medicamentos, sin embargo, no recibo ningun dinero de ninguna parte por lo que mi renta es de 0 euros al año. Cuando estaba de baja la Seguridad Social me pagaba por estar de baja, después de haber agotado el paro.
Así que mi situacion es: sin trabajo, sin percepciones economicas, con una discapacidad del 55%, una enfermedad, y medicinas que me cuestan 60 euros al mes. ¿No hay ninguna ayuda?
Gracias
Hola Melissa,
Aquí, solo puedo decirte, que la información que me solicitas quizás puedan proporcionártela en las Oficinas de la Seguridad Social de tu ciudad.
Un saludo
Beatriz
Hola, mi hijo es estudiante por lo tanto no trabaja, le han recetado vacuna para la alergia y mi sorpresa fue al recoger el medicamento me dicen q tengo q pagar 130€ Porq en su cartilla sale activo. Cómo lo puedo solucionar? Gracias
Hola María Dolores,
Su hijo estará a nombre de su padre o de usted, es por eso que está considerado activo. Igualmente debe acudir a su oficina de la Seguridad y Social y allí podrá aclarar mejor, todas sus dudas.
Un saludo
Soy jubilado parcialmente desde septiembre de este mismo año y sigo pagando lo mismo que antes de la jubilación parcial por mis medicamentos 50%. Esto es así? Gracias
Hola José,
La aportación que debe abonar por sus recetas debe ir acorde a su renta actual. Normalmente, hasta que no se actualizan los datos en la Seguridad Social, no se cambia el tipo de aportación. Mi recomendación, es que acuda o llame a su oficina de la Seguridad Social, allí podrán darle más información al respecto.
Un cordial saludo
Beatriz
Hola: ¿Estas normas se aplican también a los funcionarios: Muface, Mugeju e Isfas? Muchas gracias.
Hola Ramón,
No, en estos casos es diferente. Hablaré sobre ello próximamente en un post.
Un saludo
Beatriz
Estoy en paro y no percibo ninguna prestación y/o subsidio(y mi mujer no trabaja) pero observo que me siguen cobrando las medicinas el 50%, como se, que estoy pagando lo correcto estando en paro y sin prestación alguna.
Hola Jose Luis,
Debes ponerte en contacto con una oficina de la Seguridad Social para comunicarlo.
Un saludo!